Convocatorias
de las pruebas de selección para guardas rurales y sus
especialidades
Destinatarios:
Podrán participar en las pruebas y son destinatarios de la presente
convocatoria:
a)
Los aspirantes a guardas rurales y a sus especialidades de guardas de
caza o guardapescas marítimos que acrediten haber superado los
respectivos módulos profesionales de formación correspondientes a
la modalidad común de guarda rural y, en su caso, de la especialidad
o especialidades a las que concurran, en los centros de formación de
seguridad privada autorizados por la Secretaría de Estado de
Seguridad o que hayan presentado declaración responsable y que
cuenten con profesores acreditados por la Comisión de Valoración
del Profesorado de Seguridad Privada en el ámbito de la Guardia
Civil.
b)
Los aspirantes a las especialidades de guarda de caza o guardapesca
marítimo que, previa solicitud y expedición de la correspondiente
Tarjeta de Identidad Profesional, tengan la condición de guardas
rurales o se encuentren en trámites para ello y acrediten haber
superado los respectivos módulos profesionales de formación
correspondientes a las especialidades a las que concurran en los
centros de formación de seguridad privada autorizados por la
Secretaría de Estado de Seguridad o que hayan presentado declaración
responsable y que cuenten con profesores acreditados por la Comisión
de Valoración del Profesorado de Seguridad Privada en el ámbito de
la Guardia Civil.
Requisitos:
-Ser
mayor de edad.
-Tener
la nacionalidad de alguno de los estados miembros de la Unión
Europea.
-Estar
en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria
Obligatoria, de Técnico, u otros equivalentes a efectos
profesionales o superiores.
-Poseer
la aptitud psicofísica necesaria para el ejercicio de las funciones
de guarda rural, a tenor de lo dispuesto en el Real Decreto
2487/1998, de 20 de noviembre, por el que se regula la acreditación
de la aptitud psicofísica necesaria para tener y usar armas y para
prestar servicios de seguridad privada.
-Carecer
de antecedentes penales por delitos dolosos.
-No
haber sido condenado por intromisión ilegítima en el ámbito de
protección del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar
y a la propia imagen, o vulneración del secreto de las
comunicaciones o de otros derechos fundamentales en los cinco años
anteriores.
-No
haber sido sancionado en los dos o cuatro años anteriores por
infracción grave o muy grave, respectivamente, en materia de
seguridad privada.
-No
haber sido separado del servicio en las Fuerzas y Cuerpos de
Seguridad o en las Fuerzas Armadas españolas o del país de su
nacionalidad o procedencia en los dos años anteriores.
-Poseer
el diploma o certificación acreditativa de haber superado el curso o
cursos específicos en los centros de formación para guardas rurales
y sus especialidades.
Los
plazos para la presentación de solicitudes y los períodos de
realización de las pruebas serán los siguientes:
Solicitudes
Telemáticamente:
cuando el interesado se encuentre en posesión de cualquiera de las
herramientas que permitan el acceso electrónico a la Administración
General del Estado (Cl@ve, @firma o certificado digital), a través
de la página web www.guardiacivil.es
, pulsando en «enlaces destacados» y posteriormente en
«administración electrónica». Se desarrollará un procedimiento
electrónico que permite una inscripción electrónica, firma
electrónica de la solicitud, envío de la misma al Registro
Electrónico y obtención del justificante de dicho envío. Los
interesados deberán seguir las instrucciones que el proceso de
inscripción les solicite.
Especialidades:
Guardas
rurales
Guardas
de caza
Guardapescas
marítimos
Para
más información las bases de la convocatoria:
https://www.boe.es/boe/dias/2019/10/30/pdfs/BOE-A-2019-15571.pdf
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