Se
realiza la convocatoria de la Beca 6000 para el alumnado que se
matricule en los estudios de primer o segundo curso de bachillerato o
de primer o segundo curso de ciclos formativos de grado medio de
formación profesional inicial en la Comunidad Autónoma de Andalucía
para el curso escolar 2019-2020.
Requisitos
de las personas beneficiarias
a)
Participar en la convocatoria de becas de carácter general para
enseñanzas postobligatorias no universitarias.
b)
Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad
familiar estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma
de Andalucía.
c)
Reunir los requisitos académicos para ser beneficiario de la cuantía
fija ligada a la renta del solicitante de la convocatoria de becas en
las enseñanzas postobligatorias no universitarias y estar
matriculado del curso completo en estudios presenciales.
d)
No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la
obtención de un título del mismo o superior nivel al de
bachillerato o técnico de cualquier profesión.
e)
En el caso del alumnado de primer curso de bachillerato o ciclo
formativo de grado medio de formación profesional inicial, este
deberá haber cursado los estudios de Educación Secundaria
Obligatoria en régimen ordinario y haber obtenido el título de
Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el curso
inmediatamente anterior a la participación en la convocatoria
correspondiente.
f)
En el caso del alumnado de renovación de la beca, haber obtenido
evaluación positiva en todas las materias del curso anterior.
g)
Estar matriculada del curso completo en las enseñanzas de
bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación
profesional inicial en un centro docente de la Comunidad Autónoma de
Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial,
quedando excluido el alumnado que curse estas enseñanzas en la
modalidad de educación de personas adultas.
h)
Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del
1 de enero del año en que finalice el curso académico para el que
se solicita la beca. No obstante, el alumnado con diagnóstico de
altas capacidades intelectuales que finalice la Educación Secundaria
Obligatoria con una edad inferior a la establecida con carácter
ordinario, fruto de haber flexibilizado la duración del periodo de
escolarización obligatoria, podrá acogerse a la convocatoria de la
Beca 6000, siempre que cumpla los requisitos de carácter económico
y académico establecidos en la normativa vigente.
i)
Tener una renta y patrimonio familiar que no superen los umbrales que
se establezcan anualmente por el acto del órgano competente en
materia de becas y ayudas que apruebe la convocatoria de esta beca.
j)
No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta
propia o ajena, ni estar inscrito como demandante de empleo, en
cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
Los
estudiantes de primer curso de Bachillerato deberán acreditar no
estar repitiendo curso y haber obtenido una nota media de 5,5 puntos
en cuarto curso de Educación Secundaria Obligatoria o prueba de
acceso.
Los
estudiantes de primer curso del resto de enseñanzas a que se refiere
este artículo deberán acreditar no estar repitiendo curso total ni
parcialmente.
Los
estudiantes de segundos y posteriores cursos organizados por
asignaturas deberán acreditar haber superado todas las asignaturas
del curso anterior, con excepción de una.
Los
estudiantes de segundos y posteriores cursos organizados por módulos
eberán acreditar haber superado en el curso anterior al menos un
número de módulos que supongan el 85 % de las horas totales del
curso en que hubieran estado matriculados.
Cuantía
de la Beca 6000 para el curso 2019-2020.
La
cuantía de la Beca 6000 para el curso 2019-2020 será de 6.000
euros. Esta cuantía se devengará a razón de 600 euros por
mensualidad vencida desde septiembre hasta junio del curso escolar
2019-2020.
Presentación
de solicitudes, plazo y documentación.
La
solicitud de ayuda se cumplimentará, preferentemente, mediante el
formulario electrónico que se encuentra disponible en la Secretaría
Virtual de los centros educativos de la Consejería de Educación y
Deporte
El
plazo de presentación de solicitudes será del 23 de noviembre de
2019 al 23 de diciembre de 2019.
Para
más información el siguiente enlace:
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