26 abril 2017

Subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo


Con fecha 26 de abril de 2017 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Provincia la convocatoria de subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo en municipios menores de 20.000 habitantes.

La subvención está dirigida a cubrir el coste de cuotas del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social.

N.º de ayudas para el municipio de Torreperogil: 4

Cuantía: 2.990 euros

Requisitos:
  • Haber iniciado una actividad económica con su correspondiente alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, o en aquel que legal o estatutariamente le corresponda, con fecha de alta a partir del 1 de enero de 2017 y anterior a la fecha de presentación de la solicitud de subvención.
  • No haber ejercido una actividad económica como autónomo en los doce meses anteriores al alta a la que se refiere el punto a). La fecha del alta en la actividad económica deberá coincidir con la de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, con un margen de 15 días. Se exceptúa de este requisito a las personas solicitantes que se incorporen como socias a empresas que operen en la provincia de Jaén.
  • Estar empadronado, con una antigüedad de al menos 3 meses anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria, en alguno de los 91 municipios de la provincia de Jaén que se recogen en el artículo 6 de la convocatoria.
  • No haber sido beneficiario de subvención en el marco de anteriores convocatorias del Plan de Empleo de la provincia de Jaén, destinadas a fomentar la creación de empleo autónomo.
  • Quedan excluidos aquellos solicitantes que se den de alta en el régimen de autónomos como autónomos colaboradores.
  • Así mismo, quedan excluidos los solicitantes que estén dados de alta como trabajadores en el Régimen General de Trabajadores por cuenta ajena.
Solicitud:
  • El plazo de presentación de solicitudes es de 20 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria (hasta el 25 de mayo de 2017), si bien el orden de prelación para otorgar la subvención será el de la fecha de presentación de las solicitudes, así que conviene presentar la solicitud cuanto antes.
  • La solicitud deberá presentarse en el Registro de la Diputación Provincial o de sus Organismos autónomos, o a través de cualquiera de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Si se presenta a través de una Oficina de Correos deberá llevarse en sobre abierto, con copia de la solicitud, para que allí puedan ponerle el sello con la fecha de la presentación tanto a la solicitud original (que se incluirá en el sobre una vez sellada) como en la copia, que servirá como resguardo.
  • La fecha de entrada en el Registro General del Ayuntamiento no es válida a estos efectos.


Toda la información y acceso a los anexos en la página web de la Diputación Provincial de Jaén.

https://www.dipujaen.es/conoce-diputacion/areas-organismos-empresas/areaD/subv-2017/subv-autonomos.html
 
 
 

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