Con fecha de 26 de febrero de 2018, de la Dirección General de Ordenación Educativa, se publicó una convocatoria para las pruebas terminales específicas de certificación en las enseñanzas de idiomas de régimen especial para el curso 2017/18 y se establecen determinados aspectos sobre su organización, en virtud de lo establecido en la Orden de 12 de diciembre de 2011, que las regula.
Requisitos:
Alumnado oficial:
Requisitos:
Alumnado oficial:
- Dentro del régimen de enseñanza oficial, los siguientes cursos conducen a pruebas de certificación:
- El 2º curso de nivel básico conduce a la prueba de certificación de nivel básico, que equivale al nivel A2
- El curso de nivel intermedio conduce a la prueba de certificación de nivel intermedio, que equivale al nivel B1.
- El 2º curso de nivel avanzado conduce a la prueba de certificación de nivel avanzado, que equivale al nivel B2.
- El curso de especialización para el perfeccionamiento de competencias en idiomas de nivel C1 conduce a la prueba de certificación de nivel C1.
- En el régimen oficial las pruebas de certificación están integradas en el desarrollo del curso. La tasa de matriculación inicial da derecho a la realización de dichas pruebas en sus dos convocatorias: junio y septiembre. No se precisa inscripción específica a las pruebas.
- El alumnado matriculado en régimen oficial puede matricularse por libre en otro idioma. Para ello es necesario haber solicitado del 1 al 15 de marzo simultaneidad de matrícula en el centro en el que se tenga abierta la matrícula oficial.
- No es posible simultanear matrícula oficial y libre en un mismo idioma.
Alumnado libre:
- El alumnado matriculado en régimen oficial puede matricularse por libre en otro idioma. Para ello es necesario haber solicitado del 1 al 15 de marzo simultaneidad de matrícula en el centro en el que se tenga abierta la matrícula oficial.
- No es posible simultanear matrícula oficial y libre en un mismo idioma.
Alumnado libre:
- Para acceder al régimen de enseñanza libre, es necesario tener 16 años o cumplirlos en el año natural en el que se formalice la matrícula.
- Las tasas de matrícula libre dan derecho a la realización de las pruebas de certificación en sus dos convocatorias: junio y septiembre.
- Solo es posible formalizar matrícula en un nivel por idioma.
- La matrícula libre de idiomas tiene efectos inmediatos. No hay un proceso previo de admisión.
- Para matricularse en cualquiera de los niveles ofertados en las escuelas oficiales de idiomas, no es necesario acreditar el nivel anterior.
- La matrícula libre debe efectuarse en la escuela oficial de idiomas más próxima al domicilio habitual que oferte el idioma y nivel en el que se formaliza la matrícula.
Niveles e idiomas ofertados:
a) Nivel básico de todos los idiomas para el alumnado matriculado en el régimen de enseñanza libre.
b) Nivel intermedio y nivel avanzado en los idiomas alemán, árabe, español para extranjeros, francés, inglés, italiano y portugués para el alumnado matriculado en el régimen de enseñanza oficial o libre.
c) Nivel C1 en los idiomas alemán, francés e inglés, para el alumnado matriculado en el régimen de enseñanza oficial o libre.
El plazo de inscripción es del 1 al 16 de abril.
Toda la información la puede encontrar en la siguiente página web
http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portals/web/educacion-permanente/pruebas-certificacion/normativa
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