22 febrero 2019

Conovadas oposciones Policía Local Ayuntamiento de Jaén


  • Convocadas Diecisiete plazas de Policía Local, pertenecientes a la escala de Administración Especial, subescala de Servicios Especiales y clase de Policía Local, mediante el sistema de oposición, en turno libre y 4 plazas por el sistema de movilidad sin ascenso y por el procedimiento de concurso de méritos.
El plazo de presentación de solicitudes será de 20 días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Estado. Del 22 de febrero al 21 de Marzo de 2019.

Requisitos

Para participar en el proceso selectivo de oposición por el turno libre, los aspirantes deberán reunir, antes de que termine el último día de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos:
  • Nacionalidad española.
  • Tener dieciocho años de edad y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.
  • Estatura mínima de 1,65 metros los hombres y 1,60 metros las mujeres. Estarán exentos del requisito de la estatura aquellos aspirantes que sean funcionarios de carrera de algún Cuerpo de la Policía Local de Andalucía.
  • Compromiso de portar armas y utilizarlas cuando legalmente sea preceptivo. 
  • Estar en posesión del título de Bachiller, Técnico o equivalentes.
  • No haber sido condenado por delito doloso, ni separado del servicio del Estado, del la Administración Autónoma, Local o Institucional, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones públicas. No obstante será aplicable el beneficio de la rehabilitación, de acuerdo con las normas penales y administrativas, si el interesado lo justifica.
  • Estar en posesión de los permisos de conducción de las clases A2 y B.
  • Compromiso de conducir vehículos policiales, en concordancia con el apartado anterior.

SOLICITUDES
-En el plazo de veinte días hábiles a contar desde el siguiente al de la publicación en el BOE del anuncio de la presente convocatoria, quienes deseen tomar parte en las pruebas selectivas cursarán su solicitud dirigida al Ilmo. Sr. Alcalde Presidente del Ayuntamiento,
manifestando que se reúnen todos y cada uno de los requisitos exigidos en la Base Tercera y expresando si se opta por turno libre o por movilidad.
-Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Ayuntamiento o conforme a lo dispuesto.
-De conformidad con lo establecido en la Ordenanza fiscal reguladora de la tasa poderechos de examen a la solicitud de participación deberá acompañarse el resguardo acreditativo de haber satisfecho el importe de los derechos de examen que ascienden para los aspirantes por el turno libre a 50,00’ euros y para los aspirantes por el turno de movilidad a 30,00’ euros, ingresados en la cuenta número ES79 3067 0100 27 1147447922, abierta a nombre del Ayuntamiento de
Jaén en la Caja Rural.

Con relación al pago de la tasa se establece lo siguiente:

Están exentas del pago de esta tasa:
a) Las personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.
Esta circunstancia se acredita mediante la presentación de certificado de discapacidad
expedido por el organismo competente.
b) Las personas que figuren como demandantes de empleo durante el plazo, al menos, de
tres meses anteriores a la fecha del anuncio de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado y carezcan de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional.

Las personas interesadas deberán justificar estas circunstancias mediante acreditación emitida por el Servicio Público de Empleo correspondiente de figurar como demandante de empleo durante el plazo señalado en el párrafo anterior, así como acreditación emitida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) de no ser beneficiario de prestación o subsidio por desempleo en el mismo periodo. En caso de percibirse algún tipo de ingreso, éste ha de ser inferior al salario mínimo interprofesional.

c) Los miembros de familias numerosas de categoría especial.
- Gozarán de una bonificación del 50% en el pago de la tasa los miembros de familiasnumerosas.
-No se concederán más exenciones o bonificaciones que las expresamente previstas en las leyes o las derivadas de la aplicación de tratados internacionales.
-El ingreso de la tasa podrá efectuarse mediante giro postal o transferencia bancaria,
haciéndolo constar en la solicitud de participación, indicando la clase de giro, fecha y número. En los documentos de liquidación de la tasa se harán constar el nombre de la persona aspirante, así que lo es por el concepto de participación en proceso selectivo para cubrir plazas de Policía Local.

El hecho de no abonar la tasa durante el plazo de presentación de instancias determinará la inadmisión de la persona aspirante al proceso selectivo, siendo defecto no subsanable.
-Con la presentación de la solicitud se entiende que la persona interesada autoriza al Ayuntamiento a que sus datos personales pasen a bases de datos informáticas automatizadas.
-Los aspirantes que opten por la movilidad, con la solicitud de participación, además del justificante del pago de la tasa correspondiente y de la declaración presentarán la documentación que acredite los méritos a valorar en el concurso de méritos, según el contenido del baremo establecido en el Anexo IV. Dicha documentación se presentará en forma de original o fotocopias.
Los interesados se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
-No se valorará la documentación que se presente o alegue fuera del plazo de presentación de solicitudes.


PROCESO SELECTIVO PARA LA OPOSICIÓN.
El proceso selectivo constará de las siguientes fases y pruebas:
PRIMERA FASE: OPOSICIÓN.
En la fase de oposición los aspirantes deberán superar las siguientes pruebas en el orden establecido:
-Primera prueba: Conocimientos.
Constará de dos partes:
a) La contestación por escrito a un cuestionario de preguntas con respuestas alternativas, tipo test, cuyo número determinará el Tribunal, basado en el contenido del temario que figura en el Anexo III. Se calificará de 0 a 10 puntos. Por cada dos respuestas erróneas se restará una respuesta acertada.
b) La resolución de un caso práctico, mediante desarrollo, cuyo contenido estará relacionado con el temario especificado en el Anexo III. Se calificará de 0 a 10 puntos.

Será necesario, para aprobar esta prueba de conocimientos, obtener como mínimo 5 puntos en la primera prueba tipo test y otros 5 puntos en la resolución práctica de desarrollo, sin corregirse el supuesto práctico en caso de no superar la primera prueba (tipo test). La calificación final será la suma de ambas, dividida por 2. Para la realización de ambosejercicios dispondrá de 3 horas, como mínimo.
-Segunda prueba: psicotécnica.
La valoración psicotécnica tendrá como finalidad comprobar que los aspirantes presentan un perfil psicológico adecuado a la función policial a la que aspiran. Se calificará de Apto o No apto.
A.-Valoración de aptitudes.
Se realizará una valoración del nivel intelectual y de otras aptitudes específicas, exigiéndose en todos los casos rendimientos iguales o superiores a los normales en la población general, según la baremación oficial de cada una de las pruebas utilizadas, en función del nivel académico exigible para la categoría a la que se aspira.
Se explorarán los aspectos que a continuación se relacionan: inteligencia general, comprensión y fluidez verbal, comprensión de órdenes, razonamiento cognitivo, atención discriminativa y resistencia a la fatiga intelectual.
B.-Valoración de actitudes y personalidad.
Las pruebas de personalidad se orientarán a evaluar los rasgos de la personalidad significativos y relevantes para el desempeño de la función policial, así como el grado de adaptación personal y social de los aspirantes.
Asimismo, deberá descartarse la existencia de síntomas o trastornos psicopatológicos y/o de la personalidad.

-Tercera prueba: aptitud física.
Los aspirantes realizarán las pruebas de aptitud física que se describen en la Orden de 22 de diciembre de 2003, de la Consejería de Gobernación, por la que se establecen las pruebas selectivas, los temarios y el baremo de méritos para el ingreso, la promoción interna y la movilidad a las distintas categorías de los Cuerpos de la Policía Local, detalladas en el Anexo I de la presente convocatoria, y en el orden que se establece, siendo cada una de ellas de carácter eliminatorio. Se calificará de Apto o No apto.

-Cuarta prueba: examen médico.

Solo se realizará el examen médico a un número de opositores igual al de plazas a cubrir.

Todas las pruebas de la fase de oposición tendrán carácter eliminatorio.

Para más información de la convocatoria (anexos etc.) los siguientes enlaces:


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