Se
convoca proceso selectivo para cubrir 40 plazas del Cuerpo de
Gestión de la Administración de la Seguridad Social, especialidad
de Auditoría y Contabilidad, por el sistema general de acceso
libre.
Del
total de las plazas convocadas se reservarán 2 para ser cubiertas
por quienes tengan la condición legal de personas con discapacidad
con un grado igual o superior al 33%.
Las
plazas reservadas para personas con discapacidad que queden desiertas
no se podrán acumular a las de acceso general.
Requisitos
de los candidatos.
Quienes aspiren a ingresar en
los Cuerpos y Escalas objeto de las convocatorias, deberán poseer en
el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y
mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario de
carrera, los siguientes requisitos generales de participación, así
como los que señalen las correspondientes bases específicas:
1.
Nacionalidad.
Tener
la nacionalidad española.
2.
Capacidad: Poseer la capacidad funcional para el desempeño de
las tareas.
3.
Edad: Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su
caso, de la edad máxima de jubilación forzosa. Las bases
específicas podrán exigir la edad mínima de dieciocho años para
el acceso a los Cuerpos y Escalas que impliquen el ejercicio de
autoridad o cuyas funciones supongan riesgo para la salud.
4.
Habilitación: No haber sido separado mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones
Públicas o de los Organismos Constitucionales o Estatutarios de las
Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o
especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial,
para el acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios, ni pertenecer al
mismo Cuerpo o Escala al que se presenta. En el caso de las pruebas
limitadas al acceso a una Especialidad de un Cuerpo o Escala, no
tener previamente reconocida la misma.
En
caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado o en
situación equivalente ni haber sido sometido a sanción
disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos el acceso al empleo público.
5.
Titulación: Poseer la titulación que se requiera en las
bases específicas de cada convocatoria. Los aspirantes con
titulaciones universitarias obtenidas en el extranjero deberán
acreditar que están en posesión de la correspondiente credencial de
homologación o en su caso del correspondiente certificado de
equivalencia, y los aspirantes con titulaciones no universitarias
obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión
de la correspondiente credencial de homologación. Este requisito no
será de aplicación a los aspirantes que hubieran obtenido el
reconocimiento de su cualificación profesional, en el ámbito de las
profesiones reguladas, al amparo de las disposiciones de derecho
comunitario.
Proceso
selectivo
El
proceso selectivo se realizará mediante el sistema de
oposición con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones que se
especifican en el anexo I. Incluirá la superación de un curso
selectivo. Para la realización de éste, los aspirantes que hayan
superado la fase de oposición serán nombrados funcionarios en
prácticas por la autoridad convocante.
Programa.
El
programa que ha de regir el proceso selectivo es el que figura como
anexo II a esta Resolución.
Desarrollo.
El
primer ejercicio se celebrará en el plazo máximo de cuatro meses,
contados a partir del día siguiente a la publicación de esta
convocatoria. La fase de oposición del proceso selectivo
tendrá una duración máxima prevista de ocho meses. Las fechas de
celebración de los ejercicios serán fijadas por el Tribunal y
podrán ser coincidentes con las fechas de celebración de ejercicios
de otros procesos selectivos. El orden de actuación de los
aspirantes en la fase de oposición se iniciará alfabéticamente por
aquel cuyo primer apellido comience por la letra "Ñ» o por la
letra «O» en el supuesto de que no exista ningún aspirante cuyo
primer apellido comience por la letra «Ñ, y así sucesivamente, de
conformidad con lo establecido en la Resolución de la Secretaría de
Estado de Administraciones Públicas de 11 de abril de 2018 («BOE»
del 14), por la que se publica el resultado del sorteo celebrado el
día 11 de abril de 2018.
Comunicaciones.
La
presente Resolución y los actos que se deriven de ella podrán ser
consultados en la página web de la seguridad social:
«www.seg-social.es » (Menú:
«Información útil»/Oferta pública de empleo) así como en la
página del portal del ciudadano www.administracion.gob.es
.
Titulación.
→
Estar en posesión del título
de Ingeniero Técnico, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico o
Grado o tener cumplidas las condiciones para obtenerlo en la fecha de
finalización del plazo de presentación de solicitudes.
→
Situación de embarazo de riesgo
o parto. Si alguna de las aspirantes no pudiera completar el proceso
selectivo a causa de embarazo de riesgo o parto debidamente
acreditados, su situación quedará condicionada a la finalización
del mismo y a la superación de las fases que hubieran quedado
aplazadas, no pudiendo demorarse éstas de manera que se menoscabe el
derecho del resto de los aspirantes a una resolución del proceso
ajustada a tiempos razonables, lo que deberá ser valorado por el
Tribunal correspondiente, y en todo caso la realización de las
mismas tendrá lugar antes de la publicación de la lista de
aspirantes que han superado el proceso selectivo.
Solicitudes
→
Quienes deseen participar en
estas pruebas selectivas dispondrán de un plazo de 20 días hábiles
contados a partir del día siguiente al de la fecha de publicación
de esta convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado» para
presentar la solicitud cumplimentada electrónicamente y presentada
en el modo establecido en los siguientes apartados.
→
La no presentación de la
solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión del aspirante.
→
La solicitud de participación
en las pruebas selectivas se deberá cumplimentar electrónicamente,
utilizando el modelo oficial 790, al que se accede a través del
Punto de Acceso General en la URL:
http://www.administracion.gob.es/PAG/ips
, y siguiendo las instrucciones del anexo IV. Cada solicitud
debidamente imprimida (no serán válidas las fotocopias del modelo
790 ni su cumplimentación manual) tendrá asignado un número de
justificante que se utilizará para identificar al aspirante a lo
largo de todo el proceso selectivo. Excepcionalmente, podrá
acordarse por el órgano convocante la cumplimentación sustitutoria
en papel cuando una incidencia técnica, debidamente acreditada, haya
imposibilitado el funcionamiento ordinario de los sistemas.
→
La presentación de la solicitud
y la inscripción en el proceso selectivo se podrá realizar on line,
siguiendo el procedimiento indicado en el apartado 5.6 o, en su caso,
por otros medios, según lo establecido en el punto
→
En cualquier caso la solicitud
de participación se dirigirá al Subsecretario de Trabajo,
Migraciones y Seguridad Social.
→
La presentación de la solicitud
de forma electrónica, permitirá:
a.
La cumplimentación del modelo 790.
b.
Anexar documentos escaneados a su solicitud.
c.
El pago electrónico de las tasas.
d.
El Registro electrónico de la solicitud. Para ello, en el punto de
acceso general anteriormente mencionado se seleccionará el cuerpo y
la forma de acceso que corresponda y se pulsará el botón
«Inscribirse». A continuación, se seleccionará la opción
«Realice su inscripción on line» se pulsará el botón «Acceder a
Cl@ve» y se seguirán las instrucciones que se indiquen en la
plataforma de identificación y firma electrónica Cl@ve en
cualquiera de sus modalidades. Una vez cumplimentados todos los datos
solicitados, siguiendo las instrucciones del anexo IV, se pulsará el
botón de «Firma y enviar inscripción». El proceso de inscripción
finalizará correctamente si se muestran los justificantes de pago y
registro de la inscripción. En relación con el pago electrónico de
la tasa de derechos de examen, se realizará en los términos
previstos en la Orden HAC/729/2003, de 28 de marzo, por la que se
establecen los supuestos y las condiciones generales para el pago por
vía electrónica de las tasas que constituyen recursos de la
Administración General del Estado y sus organismos públicos. La
constancia de pago correcto de las tasas estará avalada por el
Número de Referencia Completo (NRC) que figurará en el justificante
de registro.
→
La Presentación de la solicitud
podrá hacerse también, por otros medios. Para ello, en el punto de
acceso general anteriormente mencionado se seleccionará el cuerpo y
la forma de acceso que corresponda y se pulsará el botón
«Inscribirse». A continuación, se seleccionará la opción
«descargar modelo 790», se cumplimentarán los datos, siguiendo las
instrucciones del anexo IV y se deberá pulsar en la opción «Generar
solicitud». De esta manera, se generará el documento que al
imprimirlo constará de tres copias que deberán ser firmadas por el
interesado («ejemplar para la Administración», «ejemplar para el
interesado» y «ejemplar para la entidad colaboradora»). Para
efectuar el pago de las tasas, se presentará el original de la
solicitud en cualquier banco, caja de ahorros o cooperativa de
crédito de las que actúan como entidades colaboradoras en la
recaudación tributaria. En la solicitud deberá constar que se ha
realizado dicho ingreso mediante validación de la entidad
colaboradora a través de certificación mecánica o, en su defecto,
de sello y firma autorizada de aquella en el espacio reservado a
estos efectos. Una vez efectuado el ingreso de la tasa de derechos de
examen, habrá que presentar la solicitud en el registro del
Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.
Las
solicitudes podrán cursarse en el extranjero mediante su
presentación en al representaciones diplomáticas o consulares
españolas correspondientes. Estas solicitudes cursadas en el
extranjero acompañarán el comprobante bancario de haber ingresado
los derechos de examen. El ingreso de estas solicitudes podrá
efectuarse directamente en cualquier oficina del Banco Bilbao Vizcaya
Argentaria o mediante transferencia desde un número de cuenta
bancaria abierta en una entidad extrajera, a la cuenta corriente
código IBAN ES06-0182-2370-4902-0020-3962 (código BIC: BBVAESMMXXX)
del Banco Bilbao Vizcaya Argentaria a nombre de «Tesoro Público.
Ministerio de Hacienda. Derechos de examen». Este sistema de pago
solo será válido para las solicitudes que sean cursadas en el
extranjero.
→
El importe de la tasa por
derechos de examen, se recoge en el anexo IV, de acuerdo con la
actualización de tasas prevista en el artículo 86 de la Ley 6/2018,
de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año
2018.
→
El abono de los derechos de
examen o, en su caso, la justificación de la concurrencia de alguna
de las causas de exención parcial o total de aquél deberá hacerse
dentro del plazo de presentación de solicitudes. En caso contrario,
se procederá a la exclusión del aspirante. En ningún caso, el pago
de la tasa de los derechos de examen o la justificación de la
concurrencia de alguna de las causas de su exención total o parcial
supondrá la sustitución del trámite de presentación en el
registro, en tiempo y forma, de la solicitud.
→
De conformidad con lo
establecido por el artículo 12 de la Ley 8/1989, de 13 de abril, de
Tasas y Precios Públicos, procederá la devolución de las tasas que
se hubieran exigido cuando no se realice su hecho imponible por
causas no imputables al sujeto pasivo. Por tanto, no procederá
devolución alguna de los derechos de examen en los supuestos de
exclusión de las pruebas selectivas por causa imputable al
interesado
Fecha
de inscripción: Del 12/03/2019 al 08/04/2019.
Para
más información los siguientes enlaces:
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