La
presente resolución tiene por objeto realizar, en el ámbito de la
Comunidad Autónoma de Andalucía, una segunda convocatoria anual del
procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias
profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de
vías no formales de formación, para las unidades de competencia
establecidas.
Requisitos
de participación en el procedimiento.
1.
Las personas interesadas deberán cumplir los siguientes requisitos:
a)
Poseer la nacionalidad española, haber obtenido el certificado de
registro de ciudadanía comunitaria o la tarjeta de familiar de
ciudadano o ciudadana de la Unión Europea, o ser titular de una
autorización de residencia, o de residencia y trabajo en España en
vigor, en los términos establecidos en la normativa española de
extranjería e inmigración.
b)
Tener 18 años cumplidos en el momento de realizar la inscripción,
cuando se trate de unidades de competencia correspondientes a
cualificaciones de nivel I, y 20 años para los niveles II y III.
c)
Tener experiencia laboral o formación relacionada con las
competencias profesionales, objeto de la convocatoria, que se quiere
acreditar:
1)
En el caso de experiencia laboral, es necesario justificar, al menos
3 años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los
últimos 10 años transcurridos antes de realizarse la convocatoria.
Para las unidades de competencia de nivel I, se requerirán 2 años
de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en
total.
2)
En el caso de formación no formal relacionada con las competencias
profesionales de la cualificación solicitada, justificar, al menos
300 horas, en los últimos 10 años transcurridos antes de realizarse
la convocatoria. Para las unidades de competencia de nivel I, se
requerirán al menos 200 horas. En los casos en los que los módulos
formativos asociados a la unidad de competencia que se pretende
acreditar contemplen una duración inferior, deberán acreditar las
horas establecidas en dichos módulos.
2.
Las personas mayores de 25 años en el momento de realizar la
solicitud de inscripción, que reúnan los requisitos de experiencia
laboral o formativa indicados en el punto 1 de este apartado Cuarto y
no los puedan justificar mediante los documentos señalados en el
apartado Séptimo de esta resolución, podrán solicitar su
inscripción provisional en el procedimiento indicándolo mediante
escrito adjunto a su solicitud, en el que se explicará de manera
expresa las razones que argumenten su inscripción provisional, según
lo establecido en el artículo 11.2 del Real Decreto 1224/2009, de 17
de julio. La Dirección General de Formación Profesional resolverá
la procedencia o no de la participación del aspirante en el
procedimiento en función de la documentación aportada por la
persona solicitante
Solicitud
Las
personas interesadas en participar en el presente procedimiento
deberán solicitar su inscripción en el procedimiento conforme al
modelo que estará disponible para su cumplimentación en la Oficina
Virtual de la Consejería de Educación y Deporte,
https://www.juntadeandalucia.es/educacion/secretariavirtual/sede/
, adonde también se podrá acceder desde la web del Instituto
Andaluz de Cualificaciones Profesionales
(www.juntadeandalucia.es/educacion/iacp
).
Fecha
de inscripción:
El
plazo de presentación de solicitudes de participación en este
procedimiento será de veinte días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de publicación de esta resolución en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
Del
9/05/2019 hasta el 6/06/2019
CUALIFICACIONES
PROFESIONALES convocadas
Para
más información los siguientes enlaces:
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