Se
convocan 21 becas de formación, en las áreas de conocimiento del
INTA, destinadas a personas que se encuentren en posesión del título
de graduado, licenciado, ingeniero, o equivalentes, siempre que hayan
terminado sus estudios, y solicitado el título correspondiente, en
los cuatro años anteriores a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes en esta convocatoria
Las
titulaciones exigidas, para cada una de las becas convocadas, son las
relacionadas con las áreas que se señalan en el Anexo I de la
presente convocatoria.
Requisitos
de los solicitantes
Podrán
ser beneficiarios de las becas previstas en esta resolución aquellas
personas físicas que, teniendo plena capacidad de obrar y no estando
inhabilitadas para la obtención de ayudas o subvenciones públicas,
reúnan las siguientes condiciones:
a)
Poseer la nacionalidad española o ser nacional de un país miembro
de la Unión Europea, o extranjero residente en España en el momento
de solicitar la beca.
b)
Estar en posesión de alguno de los títulos exigidos en el apartado
1 de esta resolución o acreditar el abono de los derechos para la
expedición del título, dentro de las fechas indicadas en el punto
1. c) Los títulos obtenidos en el extranjero o en centros españoles
no estatales deberán estar convalidados o reconocidos en el momento
3 de presentar la solicitud, o acreditarse documentalmente que la
homologación se encuentra en tramitación. En este último supuesto,
el becario estará obligado a notificar al INTA, con carácter
inmediato, la resolución que recaiga en el procedimiento. Se
exceptúa de lo dispuesto en el párrafo anterior en el caso de que
el solicitante haya sido admitido por una universidad española para
la realización de un master oficial.
d)
No estar incapacitado físicamente o padecer enfermedad que pueda
impedir el desarrollo de la actividad formativa que constituya el
objeto de la beca.
e)
No haber disfrutado con anterioridad de una beca del INTA ni haber
tenido relación laboral o administrativa con el Instituto. f) No
encontrarse incurso en alguno de los supuestos previstos en el
artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de
Subvenciones.
Desarrollo
de las becas
El
desarrollo de las becas tendrá lugar en las dependencias del INTA de
Torrejón de Ardoz (Madrid), El Pardo (Madrid) o San Martín de la
Vega (Madrid), con una dedicación acorde con las actividades
propuestas en su plan de formación
Dotación
de las becas
La
cuantía individual de la beca será de 12.000 euros anuales. Los
importes se abonarán por mensualidades vencidas, a razón de 1.000
euros brutos mensuales.
Duración
de las becas
La
duración de las becas será de dos años, pudiendo ser prorrogadas,
por un año más, siempre que el plan formativo lo contemple y exista
disponibilidad presupuestaria
Solicitudes
Las
solicitudes se formalizarán en el impreso contenido en el Anexo II
de la presente convocatoria, estando a disposición de los
interesados en la secretaría del Servicio de Formación del INTA o
en la dirección de Internet: http://www.inta.es.
y en la Sede Electrónica Central del Ministerio de Defensa.
Fecha
de solicitud: hasta el día 9 de julio de 2019.
Para
acceder a las bases de la convocatoria el siguiente enlace:
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