La
becas ofrecen a estudiantes con discapacidad intelectual formación
complementaria que les facilita la adquisición de estrategias,
habilidades y competencias personales y profesionales encaminadas a
completar su formación y preparación para el acceso al mercado
laboral.
También
pretenden contribuir, gracias a su carácter remunerado, a reforzar
la autonomía personal de cada becario como elemento consustancial a
la integración social efectiva.
5
plazas:
-
3 de Auxiliar de Oficina
-
2 de Ayudante de Gestión y Servicios Comunes (Ordenanza)
Destinatarios:
Personas
de nacionalidad española y los nacionales de los Estados miembros de
la Unión Europea signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico
Europeo, con discapacidad intelectual y un grado de discapacidad
igual o superior al 33%, que estén realizando un programa o
itinerario de inserción laboral orientado a la integración laboral.
Beneficiarios:
a)
Poseer una discapacidad intelectual con un grado de discapacidad
reconocida igual o superior al 33 por ciento.
b)
Estar realizando, un programa o itinerario de inserción laboral
individual que contemple prácticas formativas como complemento de
las acciones orientadas a la integración laboral de los
beneficiarios. Estos programas deben estar desarrollados por
entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro que se ajusten a
lo establecido en el Real Decreto 870/2007, de 2 de julio, por el que
se regula el programa de empleo con apoyo como medida de fomento de
empleo de personas con discapacidad en el mercado ordinario de
trabajo. Dichas entidades deben asimismo asegurar el seguimiento de
la formación obtenida por los beneficiarios de estas becas mediante
un preparador laboral que acompañe a cada beneficiario el tiempo
necesario desde el inicio de la actividad formativa.
c)
Estar en posesión de la titulación requerida para cada tipo de
beca.
-
No podrán obtener la condición de beneficiarios las personas en quienes concurra alguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
-
No podrán concurrir las personas que hayan obtenido una de estas becas de formación en convocatorias anteriores.
Importe:
La cuantía de la dotación mensual se establece en 460 euros.
Forma
y plazo de presentación de solicitudes.
La
solicitud se realizará preferentemente por vía electrónica, y para
formalizarla cada aspirante deberá contar con la asistencia de un
preparador laboral de la entidad promotora de su programa o
itinerario de inserción laboral que le acompañará en los trámites
de solicitud, selección, instrucción, y resolución, y en su
periodo formativo. 2.
La
solicitud se realizará mediante formulario de inscripción,
disponible por vía electrónica a través de la Sede Electrónica
del Ministerio de Educación y Formación Profesional
https://sede.educacion.gob.es/sede).
Plazo
de inscripción: Desde
el 01 de julio de 2019
Hasta
el 19 de julio de 2019
Para
más información el siguiente enlace:
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