Con fecha 23 de diciembre de 2020 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía la Resolución de 14 de diciembre de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública de la Beca Adriano dirigida a facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado que curse alguna de las enseñanzas incluidas en su ámbito de aplicación, para el curso escolar 2020-2021.
Destinatarios: alumnado que curse en la modalidad presencial alguna de las siguientes enseñanzas oficiales en los centros docentes no universitarios de la Comunidad Autónoma de Andalucía, durante el curso escolar 2020-2021:
- Enseñanzas de Bachillerato.
- Enseñanzas de segundo curso de Grado Medio de Formación Profesional, de las Enseñanzas Profesionales de Música y Danza, de las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño y de las Enseñanzas Deportivas.
- Enseñanzas de Grado Superior de Formación Profesional, de Artes Plásticas y Diseño y de Enseñanzas Deportivas.
- Enseñanzas Artísticas Superiores.
- Queda excluido del ámbito de aplicación de esta convocatoria el alumnado que curse enseñanzas en la modalidad de educación de personas adultas.
Este curso, como consecuencia de los cambios realizados en la normativa de la convocatoria general de becas del Ministerio de Educación y Formación Profesional, que baja la nota mínima exigida a 5.00, los alumnos de primer curso de cualquier enseñanza NO podrán optar a la Beca Adriano.
Requisitos:
- Reunir los requisitos y condiciones para ser persona beneficiaria de la beca de cuantía fija ligada a la renta de la normativa de becas y ayudas al estudio de carácter general para estudios postobligatorios no universitarios del Ministerio.
- Alcanzar una nota media igual o superior a 5 puntos e inferior a la nota mínima que se establezca en la normativa del Ministerio competente en materia de educación, cuando esta se fije por encima de 5 puntos, en el curso o prueba de acceso a las enseñanzas para las que solicita la beca.
- Superar la carga lectiva que seguidamente se indica:
- El alumnado de segundos y posteriores cursos organizados por asignaturas deberá acreditar haber superado todas las asignaturas del curso anterior, con excepción de dos.
- El alumnado de segundos y posteriores cursos organizados por módulos deberá acreditar haber superado en el curso anterior al menos un número de módulos que suponga el ochenta por ciento de las horas totales del curso en que hubiera estado matriculado.
- No se concederá la beca a quienes estén repitiendo curso total o parcialmente.
- En el caso del alumnado que haya repetido curso, se entenderá que cumple el requisito académico para ser becario cuando tenga superadas la totalidad de las asignaturas de los cursos anteriores a aquel para el que solicita la beca.
- Solo podrá obtenerse beca o ayuda durante el número de años que dure el plan de estudios de las enseñanzas que curse la persona beneficiaria.
- No estar en posesión ni reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al correspondiente al de los estudios para los que se solicita la beca.
- No superar los umbrales de renta y patrimonio familiar que se establezcan anualmente por la resolución del órgano competente en materia de becas y ayudas al estudio que apruebe la convocatoria de la beca.
- Estar matriculado del curso completo o, al menos, de la mitad de los módulos que componen el correspondiente ciclo en estudios oficiales de alguna de las enseñanzas y cursos especificados en el apartado primero en un centro docente no universitario de la Comunidad Autónoma de Andalucía, cursando estas enseñanzas en la modalidad presencial.
Cuantía: la cuantía de la Beca Adriano a conceder a cada persona beneficiaria queda fijada para el curso escolar 2020-2021 en 1.700 euros.
Plazo de solicitud: del 24 de diciembre de 2020 al 25 de enero de 2021.
Toda la información y acceso a la solicitud en el portal de becas de la Junta de Andalucía.
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