Sistema de acceso mediante Concurso - Oposición.
- Fase de concurso: valoración de los méritos.
- Fase de oposición:
- Conocimientos teórico-prácticos, que a su vez consta de: Ortografía, Conocimientos generales, Lengua inglesa.
- Psicotécnica, que se compone de: Aptitudes intelectuales, Perfil de personalidad.
- Aptitud psicofísica, que se divide en: Pruebas físicas, Entrevista personal, Reconocimiento médico.
Distribución de las plazas:
- 837 plazas para militares profesionales de tropa y marinería de las Fuerzas Armadas que lleven como mínimo cinco años de servicios efectivos como tales y que no hayan finalizado su compromiso con las Fuerzas Armadas, en la fecha que finalice el plazo de admisión de instancias.
- 1.079 plazas libres.
REQUISITOS DE LOS ASPIRANTES:
- Poseer la nacionalidad española.
- No estar privado de los derechos civiles.
- Carecer de antecedentes penales.
- No hallarse incurso en algún procedimiento judicial por delito doloso como
procesado, investigado judicialmente o acusado con declaración de apertura de juicio
oral correspondiente. - No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas ni hallarse inhabilitado con carácter firme
para el ejercicio de funciones públicas. - Tener cumplidos dieciocho (18) años de edad en el año 2021. A estos efectos
se entiende que reúne dicha condición el aspirante que cumpla 18 años durante el
año 2021, aunque su incorporación a la escala quedará supeditada a tener cumplida esa
edad. - No superar durante el año 2021 la edad de cuarenta (40) años, entendiéndose por ello no haber cumplido, ni cumplir durante el año 2021 la edad de 41 años.
- Poseer la aptitud psicofísica necesaria para cursar los respectivos planes de
estudios, que será acreditada mediante la superación del reconocimiento y las pruebas
que se determinen en esta convocatoria. - Cumplir alguno de los requisitos siguientes, exigidos en el Sistema Educativo Español para acceder a las enseñanzas conducentes a ciclos formativos de Formación Profesional de Grado Medio:
- Estar en posesión del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o de un nivel académico superior.
- Haber superado los módulos obligatorios de un programa de cualificación profesional inicial.
- Haber superado el curso de formación específico para el acceso a ciclos de grado medio en centros públicos o privados autorizados por la Administración educativa.
- Haber superado la prueba de acceso a ciclos formativos de grado medio o de grado superior, o la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.
- Estar en posesión de alguna de las titulaciones contempladas en el artículo 18 del Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, por el que se establece la ordenación general de la formación profesional del sistema educativo.
- No haber causado baja en un centro docente por las razones establecidas
en los párrafos c) y d) del artículo 71.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la
Carrera Militar, o en los párrafos d) y e) del artículo 48.1 de la Ley 29/2014, de 28 de
noviembre. - No haber causado baja en un centro docente de formación para la incorporación a la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, por no superar, dentro de los plazos fijados, las pruebas y materias previstas en los planes de estudios correspondientes.
- No haberse resuelto su compromiso como militar de tropa y marinería como
consecuencia de un expediente de insuficiencia de facultades profesionales, por
imposición de sanción disciplinaria extraordinaria de separación de servicio por
aplicación de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, del Régimen Disciplinario de
las Fuerzas Armadas, o por la imposición de sanción disciplinaria de resolución de
compromiso, en aplicación de la Ley Orgánica 8/2014, de 4 de diciembre, de Régimen
Disciplinario de las Fuerzas Armadas. - Adquirir el compromiso de portar armas y, en su caso, llegar a utilizarlas, conforme a los principios básicos de actuación de congruencia, oportunidad y proporcionalidad en la utilización de los medios a su alcance, que se prestará a través de declaración del solicitante.
- Estar en posesión del permiso de conducción de la clase B.
- Cumplir con lo establecido sobre tatuajes, inserciones y otros elementos en el artículo 20.1.a).2.o del Reglamento de ordenación de la enseñanza en la Guardia Civil, en los términos que estén en vigor en la fecha de comprobación de este requisito que
será durante el desarrollo de las pruebas de aptitud psicofísica.
PLAZO DE LAS SOLICITUDES: Quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente al de publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado».
BASES DE LA CONVOCATORIA Y PUBLICACIÓN EN EL BOE:
https://www.boe.es/boe/dias/2021/06/23/pdfs/BOE-A-2021-10446.pdf
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