Se
Convoca para el curso escolar 2019/20 estancias en otros países de
la Unión Europea para el alumnado que cursa enseñanzas de formación
profesional inicial y de artes plásticas y diseño en centros
docentes de la Comunidad Autónoma de Andalucía, al amparo del
programa «Formación en Empresas Europeas».
Se
convocan para el curso escolar 2019/20 las siguientes estancias:
1.
Veinticinco estancias de la modalidad «Gestión por parte del centro
docente» para el alumnado que cursa enseñanzas de formación
profesional inicial y que desarrollen el módulo de formación en
centros de trabajo en el último trimestre del curso escolar.
2.
Seis estancias de la modalidad «Gestión por parte del centro
docente» para el alumnado que cursa enseñanzas de artes plásticas
y diseño.
Requisitos
Podrá
solicitar las estancias el alumnado que cumpla los siguientes
requisitos:
-
Ser miembro de una familia andaluza, considerándose como tal aquellas unidades familiares en la que todos sus miembros estén empadronados en un municipio de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
-
Tener cumplidos 18 años de edad en la fecha de inicio del viaje.
-
Estar matriculado en un ciclo formativo en oferta presencial y completa de formación profesional inicial o de artes plásticas y diseño en un centro docente de la Comunidad andaluza.
-
No haber sido beneficiario de becas o ayudas convocadas para la misma finalidad procedentes de cualquier Administración o Ente público o privado, nacional o internacional, durante el mismo curso.
-
Tener superados, en el momento de adjudicación de la estancia, los módulos profesionales que se cursan en el centro docente del ciclo formativo en el que está escolarizado.
-
Tener conocimientos intermedios, equivalentes al menos al nivel B1 del Marco Europeo de Referencia de Lenguas, del idioma oficial del país para el que se solicita la estancia, o en su defecto, del inglés.
-
Tener la valoración de "recomendable" en el informe de idoneidad.La cobertura de las estancias para el alumnado comprenderá los siguientes conceptos:
a)
Transporte internacional mediante billete de ida y vuelta desde una
capital de provincia andaluza de partida hasta la localidad del país
de destino de la Unión Europea en el que se realice la formación en
centros de trabajo.
b)
Alojamiento en el país de destino y ayuda para la manutención.
c)
Seguro de viaje.
d)
Tutor o tutora de acogida en el país de destino, que será la
persona de referencia durante la estancia, y tutor o tutora laboral
en el centro de trabajo en el que se realice la formación, que
colaborará en el proceso formativo. En cualquier caso, siempre será
el profesor o profesora designado por el centro docente al que
pertenece el alumnado el responsable del seguimiento y evaluación
del desarrollo de la estancia y prácticas formativas, y de
establecer la periodicidad con la que se realizará ese seguimiento.
e)
Curso de perfeccionamiento del idioma en el país de destino durante
las dos primeras semanas de la estancia, para el alumnado de
formación profesional inicial, y durante la primera semana de la
estancia, para el alumnado de artes plásticas y diseño.
f)
Programa de prácticas en empresas en el país de destino y acuerdo
de colaboración formativa según lo establecido en la Orden
reguladora del desarrollo del módulo profesional de formación en
centros de trabajo.
Duración
de las estancias
1.
Las estancias del alumnado que cursa enseñanzas de formación
profesional inicial tendrán una duración total de ocho semanas, y
de cuatro semanas las del alumnado que cursa enseñanzas
profesionales de artes plásticas y diseño, incluido el curso de
preparación lingüística, que no superará la duración de dos
semanas en las estancias de formación profesional y de una semana en
las de enseñanzas artísticas. Las visitas de seguimiento del
profesorado tendrán una duración máxima de una semana.
2.
En caso de que la duración de la estancia del alumnado no permita
realizar el número mínimo de horas establecidas en el currículo de
cada ciclo formativo para el desarrollo del módulo profesional de
formación en centros de trabajo, éste deberá completar su
formación con anterioridad o posterioridad a su estancia en el
extranjero.
Solicitudes.
Las
solicitudes de las estancias deberán formularse conforme al modelo
que se adjunta como Anexo I a esta Orden. Las solicitudes de las
visitas de seguimiento del profesorado se presentarán según el
modelo que se adjunta como Anexo V a esta Orden.
Las
solicitudes se podrán presentar:
a)
Preferentemente, en la secretaría del centro docente donde se
encuentra matriculada la persona interesada.
b)
En los registros de los demás órganos y oficinas que correspondan,
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley
30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las
Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
y en el artículo 82 de la ley 9/2007, de 22 de octubre, de la
Administración de la Junta de Andalucía.
c)
En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta
de Andalucía, a través del apartado de administración electrónica
de la web de la Consejería con competencias en materia de educación
www.juntadeandalucia.es/educacion
y www.cjap.junta-andalucia.es/justiciayadministracionpublica/clara
.
El plazo
de presentación de solicitudes será
el comprendido entre el 10 y el 30 de mayo de cada año, para el
alumnado que realice el módulo profesional de formación en centros
de trabajo en el primer trimestre del curso escolar inmediato a la
publicación de la convocatoria y el comprendido entre el 10 y
el 30 de enero siguiente para el alumnado que lo realice en el último
trimestre de ese curso escolar.
Este
segundo plazo regirá para el alumnado que curse enseñanzas
profesionales de artes plásticas y diseño.
Periodo de inscripción
Del 10/05/2019 al 30/05/2019
Para
más información los siguientes enlaces:
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